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13 de diciembre de 2012

¿Me lo como o lo tiro? Fecha de caducidad vs. Consumir preferentemente

Supongo que todos tenemos en el fondo de nuestro frigorífico o de nuestro armario de cocina, algún alimento que se va quedando rezagado y hasta que lo volvemos a encontrar pasan meses o incluso años. En ese momento, lo primero que hacemos es mirar la fecha que se indica en la etiqueta. Cuando nos damos cuenta de que esa fecha ya pasó, una duda asalta nuestra mente: ¿me lo como o lo tiro?

Lo primero que hay que saber es algo que supongo que ya habrás observado. Algunas etiquetas llevan la indicación "Consumir preferentemente...", mientras que en otras aparece la indicación "Fecha de caducidad" (según la legislación europea).

¿Existen diferencias entre "Fecha de caducidad" y "Consumir preferentemente..."?
Sí. Veamos qué significa cada una de ellas.

Consumir preferentemente... 


Esta leyenda aparece en los productos alimenticios que no son muy perecederos y que no pueden suponer un riesgo inmediato para la salud humana después de un corto periodo de tiempo.

¿Debe aparecer esta indicación en todos los alimentos?
 

No, hay algunos productos alimenticios que no necesitan llevar la indicación de fecha de duración mínima o caducidad:
  • Frutas y hortalizas frescas, sin envasar, con alguna excepción, como los brotes tiernos y las semillas
  • Vinos y productos similares
  • Bebidas alcohólicas de 10º ó más
  • Algunas bebidas en envases individuales cuando están destinadas a colectividades (las que podemos encontrar por ejemplo en un comedor universitario)
  • Productos de panadería o repostería, sin envasar, que se consumen en un plazo de 24 horas después de su fabricación (como pan, empanadas y pasteles)
  • Vinagres
  • Sal
  • Azúcares
  • Gomas de mascar
  • Porciones individuales de helados, sin envasar. 

La leyenda "Consumir preferentemente..." debe aparecer en el etiquetado de los productos alimenticios de la siguiente manera:

  • Si el producto tiene una duración inferior a 3 meses, debe aparecer el día y el mes
  • Si el producto tiene una duración de entre 3 y 18 meses: debe aparecer el mes y el año
  • Si el producto tiene una duración de más de 18 meses: debe aparecer el año

En el primer caso debe aparecer "consumir preferentemente antes del", ya que se indica el día de duración máxima, mientras que en el resto debe poner "consumir preferentemente antes del fin de", ya que solamente aparecen mes y año. Veamos unos ejemplos:


En este caso figura solamente el mes y el año, por lo que la leyenda indica "Consumir preferentemente antes del fin de". Pastas Gallo, Gallo S.A., Barcelona.

En este caso se muestran día, mes y año, por lo que la leyenda indica "Consumir preferentemente antes del". Cola Cao, Grupo Nutrexpa, Barcelona.


Algunos ejemplos de alimentos en los que aparece la leyenda "consumir preferentemente...": galletas, aperitivos, magdalenas, galletas, etc.


Fecha de caducidad

La "Fecha de caducidad" se emplea en alimentos muy perecederos que pueden suponer un riesgo para la salud después de la fecha que se indica. Lo que dice la legislación es lo siguiente: 

"En el caso de productos alimenticios microbiológicamente muy perecederos y que por ello puedan suponer un peligro inmediato para la salud humana después de un corto período de tiempo, la fecha de duración mínima se cambiará por la fecha de caducidad, expresada mediante la leyenda «fecha de caducidad», seguida de la misma fecha o de una referencia al lugar donde se indica la fecha en la etiqueta. Dichas informaciones se completarán con una descripción de las condiciones de conservación que habrán de respetarse. La fecha consistirá en la indicación clara según este orden: día, mes y, eventualmente, año". Como puedes imaginar, la fecha de caducidad no tiene validez si las condiciones de conservación no se respetan (por ejemplo si mantenemos un yogur fuera del frigorífico).

Como puedes ver, en el etiquetado de esta cuajada se muestra la fecha de caducidad (día y mes) y también las condiciones de conservación (consérvese en frío, entre 1ºC y 8ºC). Cuajada Danone, Danone S.A., Barcelona.

Algunos ejemplos de alimentos con fecha de caducidad: yogures, carne fresca, pescado fresco, pasta fresca, leche pasteurizada, etc.


Entonces, ¿me lo como o lo tiro?
 

Sabiendo todo lo señalado anteriormente, ya podemos contestar a esta pregunta en el caso de que tengamos un alimento en cuya etiqueta se indique una fecha que ya ha pasado.


Como norma general, cuando se trata de "Fecha de caducidad", consumir el alimento entraña un riesgo para la salud, por lo que se debe desechar. Si se trata de la leyenda "Consumir preferentemente", en principio el alimento se puede consumir algunos días después sin que entrañe un riesgo para la salud, aunque hay que tener presente que el producto habrá perdido parte de sus propiedades nutricionales y organolépticas. Sin embargo, en algunos casos hay una delgada línea que separa estos conceptos y por ello hay que tener buen criterio para saber distinguir la diferencia entre consumir una bolsa de patatas fritas rancias o una docena de huevos a punto de pudrirse (exagerando un poco...). 

Debes saber que, aunque es frecuente que los alimentos muestren señales de deterioro (o de contaminación) que nos pueden servir como indicador a la hora de decidir si los comemos o no (por ejemplo, mal aspecto, sabores y olores anormales, etc.), no se trata de una regla infalible (por ejemplo, no podríamos distinguir un huevo con Salmonella de otro que no contiene esta bacteria).

En cualquier caso, si hablamos de restauración colectiva (comedores, restaurantes, etc.), las autoridades sanitarias obligan a desechar el producto después de la fecha indicada en el envase, ya sea fecha de caducidad o fecha de consumo preferente.

Precisamente hace un par de semanas se debatió en el Reino Unido sobre la posibilidad de unificar estas leyendas para evitar las dudas que asaltan a los consumidores, y sobre todo, para evitar desechar toneladas de comida que se podrían consumir sin peligro para la salud. (Se puede ver la noticia aquí). Como puedes imaginar, se trata de un tema complejo. Piensa por ejemplo en una bolsa de patatas fritas: si solamente pudiéramos utilizar la leyenda de "fecha de caducidad" (en lugar de las dos que se emplean ahora), el consumidor desecharía el producto al vencer la fecha, cuando en realidad no correría ningún riesgo sanitario si lo comiera. Del mismo modo, también podría darse el caso contrario, es decir, que el consumidor llegue a pensar que ingerir un producto caducado no suponga ningún riesgo para su salud cuando realmente no es así (por ejemplo un brik de leche pasteurizada unos días después de su fecha límite).

Ante la duda, lo mejor es respetar SIEMPRE la fecha indicada en el etiquetado. En otra ocasión veremos cómo se determina la duración mínima de un producto.

Fuentes

- BOE (1999). Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios.
Tomado de:
google.com, pub-7451761037085740, DIRECT, f08c47fec0942fa0